Primeramente, no está de más recordar que la familia es la base de la sociedad, y que la educación y los valores inculcados en ella moldean nuestras vidas y nos acompañan durante el resto de esta.
En la familia tenemos nuestro primer contacto interpersonal, aprendemos a convivir y a expresarnos. De nuestros padres generalmente aprendemos la mayoría de cosas que realizamos en nuestra vida diaria.
Siendo la familia y nuestra relación con ella de suma relevancia ¿qué tan importante es tener una buena comunicación familiar? Es muy importante.
En muchas familias la comunicación es tan abierta, que les es sencillo hablar de cualquier tema y desarrollar confianza. Pero existen familias en las que este no es el caso.
Antes, hablar sobre sexualidad en la familia era impensable, pues las personas lo reservaban y consideraban únicamente exclusivo para el matrimonio.
En la actualidad es imposible evitar tener contacto con el tema, pues los medios están invadidos de sexualidad. También, en los planes de educación escolar se incluye la educación sexual desde temprana edad, que si no es reforzada con valores familiares, se convierte en un arma de doble filo, pues los niños y adolescentes aprenden de sexualidad, más no sobre la responsabilidad que esta implica.
Los adolescentes tienen que tomar conciencia de lo que tener relaciones sexuales significa, no solo físicamente, si no la infinidad de aspectos que conlleva tenerlas a tan temprana edad.
En esta etapa, los jóvenes se encuentran en la búsqueda de su identidad y son completamente vulnerables a influencias. Es aquí donde toma un papel muy importante la educación familiar.
Los padres deben aprender a comunicarse con sus hijos, y hablar de temas de impacto personal y social.
Hablar de métodos anticonceptivos en la familia, construye la base de una práctica sexual responsable y fomenta evitar los embarazos no deseados.
Cuando un adolescente se encuentra ante la posibilidad de ser padre o madre, se mira frente a la idea de truncar su juventud, al miedo de ser una decepción familiar y terminar con sus sueños y planes de vida. Es por eso que el aborto suena prometedor. Después de haber analizado las consecuencias físicas y psicológicas que deja practicarse un aborto, sumárselos a las condiciones de atravesar la etapa de la adolescencia suena como un caos total.
La mejor solución ante todo esto recae en la PREVENCIÓN. Saber que la única manera de evitar al %100 un embarazo no deseado es la abstinencia sexual, y que existen infinidad de métodos anticonceptivos que son eficaces si se utilizan correctamente.
La educación familiar le da un toque más humano a la sexualidad, no sólo conocer el funcionamiento del aparato reproductor, si no aprender a ser responsable, a manejar emociones y llevar una vida plena y feliz.
Mi libertad termina donde comienza la tuya... (:
lunes, 8 de noviembre de 2010
domingo, 10 de octubre de 2010
Jurídicamente hablando.
El aborto, desde el punto de vista jurídico mexicano, es, según lo define el artículo 329 del Código Penal para el Distrito Federal, en México, "la muerte del producto de la concepción en cualquier momento de la preñez" (citado también en el art. 265 del Código Penal de Sonora, México). Es la muerte del no nacido en cualquier momento del embarazo.
¿Está jurídicamente protegido el no nacido dentro de su madre?
La legislación mexicana considera al no nacido como un ser humano vivo, según la protección que nuestra Constitución Federal establece en sus artículos 1: "Todo individuo gozará de las garantías que otorga esta Constitución..." y 14, segundo párrafo: "Nadie podrá ser privado de la vida ..." .
El artículo 117 del Código Civil de Sonora (22 del Código Civil del D.F.): "... pero desde el momento en que un individuo es concebido, entra bajo la protección de la ley...", nos llevan a concluir que para nuestra legislación el no nacido es considerado una persona humana.
El código Penal al tipificar el delito de aborto dentro del título denominado "Delitos contra la vida y la Salud" ("Delitos contra la vida y la integridad corporal" para el código Penal para el Distrito Federal) lo protege como persona humana. En ese mismo apartado se encuentran los delitos de lesiones, infanticidio, homicidio, etc. Los artículos 1389 y 1714 del Código Civil de Sonora confirman el cuidado y protección que se tienen para el no nacido (cfr. también los artículos 1314, 1638, 1643, 1648 y 2357 del Código Civil para el Distrito Federal, el artículo 167 de la Ley Federal del Trabajo, etc.). Por tanto la legislación sí protege al no nacido, pero es insuficiente y poco adecuado el tratamiento que se le da.
En la legislación penal vigente el aborto es un delito de menor importancia respecto al homicidio, debido a que no se valora a la víctima como un ser humano completo. Este punto de vista parece comprensible sólo para aquellos tiempos en los que se carecía de conocimientos sobre embriología, genética, etc.
La ciencia, como medio auxiliar del derecho Penal, demuestra que el "ser en gestación" tiene impresas todas las características del ser humano. Así la genética en la actualidad, ha comprobado su existencia desde el momento en que se unen los gametos femenino y masculino en la trompa de falopio, constituyéndose un individuo de la especie humana desde ese momento hasta su muerte.
Es legal en DF el abortoCon la constitución mexicana desprovista de una manifestación expresa que establezca el derecho a la vida desde la concepción, el Distrito Federal se convirtió en la primera entidad federativa en legalizar el aborto, despenalizando la interrupción del embarazo antes de las 12 semanas de gestación.
La Asamblea Legislativa aprobó las reformas al Código Penal y la Ley de Salud en abril del 2007 con los votos de los diputados del PRD, PRI, Nueva Alianza y Coalición Social- Demócrata (PT, Convergencia y Alternativa).
El aborto se tipifica como delito a partir de la semana 13
El aborto en los códigos penales
de las entidades federativas 2010
de las entidades federativas 2010
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Los estados con sombreado modificaron su legislación en el 2000 o en años posteriores.
(A) En estas entidades, la ley contempla plazos para la interrupción del embarazo entre 75 días y tres meses a partir de la violación o del embarazo.
(B) Inseminación artificial no consentida.
(C) Económicas, cuando la mujer tenga al menos tres hijos.
(D) Por voluntad de la mujer, durante las primeras 12 semanas del embarazo.
(P) Existe procedimiento para el aborto en casos de violación, en el Código de Procedimientos Penales.
La Palomita significa que esta causal sí está considerada en el Código Penal del estado.
* Aunque no se menciona explícitamente en el Código Penal de la entidad, esta causal queda comprendida en “grave daño a la salud”.
El triángulo verde significa: A partir de una interpretación legal de los artículos 14 (excluyentes de responsabilidad de los delitos) y 61 (mención del aborto culposo) del Código Penal de Tabasco, se concluye que el aborto causado sin la intervención de la voluntad de la mujer o del médico, no es sancionable.
(A) En estas entidades, la ley contempla plazos para la interrupción del embarazo entre 75 días y tres meses a partir de la violación o del embarazo.
(B) Inseminación artificial no consentida.
(C) Económicas, cuando la mujer tenga al menos tres hijos.
(D) Por voluntad de la mujer, durante las primeras 12 semanas del embarazo.
(P) Existe procedimiento para el aborto en casos de violación, en el Código de Procedimientos Penales.
La Palomita significa que esta causal sí está considerada en el Código Penal del estado.
* Aunque no se menciona explícitamente en el Código Penal de la entidad, esta causal queda comprendida en “grave daño a la salud”.
El triángulo verde significa: A partir de una interpretación legal de los artículos 14 (excluyentes de responsabilidad de los delitos) y 61 (mención del aborto culposo) del Código Penal de Tabasco, se concluye que el aborto causado sin la intervención de la voluntad de la mujer o del médico, no es sancionable.
Código Penal del Estado de Sonora
Título décimosexto: Delitos contra la vida y la salud
Capítulo V
Artículo 265.- Comete el delito de aborto quien causa la muerte del producto de la concepción, en cualquier momento de la preñez.
Artículo 266.- A la mujer que procure su aborto y a la persona que la hiciere abortar con el consentimiento de ella, se le aplicarán de uno a seis años de prisión y de veinte a doscientos días multa.
Artículo 267.- Al que haga abortar a una mujer sin el consentimiento de ésta, se le aplicarán prisión de dos a diez años y de veinte a trescientos cincuenta días multa. Si se empleare la violencia física o moral, las sanciones serán de cuatro a doce años de prisión y de cincuenta a trescientos días multa.
Artículo 268.- Si el aborto lo causare un médico, cirujano, comadrona o partero, además de la sanción que le corresponda conforme al artículo anterior, será suspendido de dos a cinco años en el ejercicio de su profesión.
Artículo 269.- No es punible el aborto causado por culpa de la mujer embarazada, o cuando el embarazo sea resultado de una violación.
Artículo 270.- No se aplicará sanción alguna cuando de no provocarse el aborto, la mujer embarazada corra peligro de muerte, a juicio del médico que la asista, oyendo éste el dictamen de otro médico, siempre que esto fuere posible y no sea peligrosa la demora
domingo, 3 de octubre de 2010
Una pequeña historia...
Nos encontramos frente a una pareja, un matrimonio. La mujer tiene tuberculosis, enfermedad sumamente complicada, y el hombre tiene sífilis, enfermedad sumamente dolorosa. El matrimonio ha tenido cuatro hijos:
Su primer hijo nació ciego
Su segundo hijo nació muerto
Su tercer hijo nació sordo y tonto
Y su cuarto hijo nació con tuberculosis
En estos momentos la mujer está embarazada con su quinto hijo.
¿Recomendarías que ella realizara un aborto?
En el caso de que la respuesta haya sido afirmativa, es decir que sabiendo los posibles males que le esperan al quinto hijo, los horrores de esta vida, nacer en una familia como esta, con su historial de enfermedades, lo mejor que pueden hacer es abortar.
Pues bien, si ese hubiera sido tu consejo, y la familia te hubiera hecho caso, habrías abortado nada más y nada menos que a Beethoven (músico)
Su primer hijo nació ciego
Su segundo hijo nació muerto
Su tercer hijo nació sordo y tonto
Y su cuarto hijo nació con tuberculosis
En estos momentos la mujer está embarazada con su quinto hijo.
¿Recomendarías que ella realizara un aborto?
En el caso de que la respuesta haya sido afirmativa, es decir que sabiendo los posibles males que le esperan al quinto hijo, los horrores de esta vida, nacer en una familia como esta, con su historial de enfermedades, lo mejor que pueden hacer es abortar.
Pues bien, si ese hubiera sido tu consejo, y la familia te hubiera hecho caso, habrías abortado nada más y nada menos que a Beethoven (músico)
Razones para abortar
Existen muchas razones por las cuales las mujeres deciden abortar, y entre estas, algunas que el gobierno e instituciones de salud apoyan. Aquí presentamos algunas de estas razones y los factores que influyen para considerarlas :
SOCIAL
Uno de los principales motivos que presentan las mujeres cuando consideran practicarse un aborto es el factor socio-económico. Incluso existen leyes en algunos países donde esta razón es viable para despenalizarlo.
Cuando una mujer no cuenta con ingresos suficientes para mantener a su bebe, el gobierno le ofrece la posibilidad de terminar con su embarazo.
También debemos tomar en cuenta la presión social que sufre una mujer en una situación de embarazo. Por ejemplo, las adolescentes que resultan embarazadas frecuentemente llevan sobre ellas la carga de ser una decepción familiar, abandono por parte de su pareja e incluso marginación social.
De igual forma, las mujeres que son económicamente activas y tienen altos puestos de trabajo, pretenden evitar a toda costa un embarazo, que terminaría con lo alcanzado y los esfuerzos realizados.
SALUD
El aborto terapéutico es legal en muchos lugares del mundo, siendo este el aborto que se realiza solamente en caso de que la madre corra peligro de muerte y se esté seguro de que el bebé también morirá durante el parto. También se realiza en caso de que la vida de la madre esté en peligro inminente y el médico no tenga alternativa por no poder salvar a ambos.
Entre las razones relacionadas con la salud, también se considera el aborto, cuando la salud mental de la madre esta en riesgo de ser afectada. La constitución de la OMS incluye la salud mental y abarca una variedad de factores: La salud es el estado de completo bienestar físico, mental y social, y no solamente la ausencia de afecciones o enfermedades. La OMS informa que las mujeres en particular corren riesgo de presentar trastornos de salud mental, ya que ellas continúan llevando la carga de responsabilidad asociada con ser esposas, madres, educadoras y cuidadoras de otros, y que cada vez son más responsables de generar ingresos para la familia.
Se toma en cuenta, que el parto puede ser igual de traumático o mas que el aborto para una mujer que no esta preparada.
En caso de un delito de naturaleza sexual (violación), las leyes amparan a las mujeres que resultan embarazadas para practicarse un aborto. Es aquí donde surge una enorme controversia: si una violación es una experiencia totalmente enfermiza para la mujer, ¿es el aborto una experiencia para solucionarlo?
PERSONAL
Para la Fundación Vida, según se desprende del estudio realizado durante cinco años titulado "Interrupción voluntaria del embarazo en España: estudio de motivaciones en las mujeres", y que incluye en el mismo 3.245 mujeres, el factor emocional fue la razón para justificar el aborto en el 89 % de los casos.
Según este trabajo, en el 65 % de los casos, el abandono de la mujer por parte de su pareja fue la causa decisiva para que ésta tomase la decisión de abortar.
Otro dato, especialmente negativo, pero de gran interés social, es que un 83 % de las menores de edad interrogadas que habían abortado, manifestaron que sus padres fueron quienes directamente les forzaron a hacerlo.
El embarazo no deseado es una muy importante razón para que la mujer decida abortar. Los progenitores no se sienten preparados para asumir la responsabilidad de ser padres por no haber planeado un embarazo.
Los grupos feministas exigen el derecho al aborto, para tener una plena libertad de elección sobre su cuerpo, pues la decisión final de tener o no un hijo reside en que la mujer quiera continuar su embarazo. Aseguran que si las mujeres no se sienten preparadas para ser madres, o la maternidad afecta su buen futuro o sus planes de vida, deberían tener el derecho a decidir que es lo que consideran conveniente hacer.
domingo, 26 de septiembre de 2010
Tipos de Aborto
Los abortos por lo general se clasifican en:
- Aborto Inducido
- Aborto Terapéutico
- Aborto Espontáneo
Pero también reciben un nombre según la práctica o tipo de aborto que se realiza. A continuación presentamos la definición de los tipos de aborto:
Aborto inducido
El aborto inducido o provocado, también llamado interrupción voluntaria del embarazo–o IVE– o, en algunas culturas, ‘aborto criminal’, consiste en provocar la finalización prematura del desarrollo vital del embrión o feto para su posterior eliminación, con o sin asistencia médica, y en cualquier circunstancia social o legal
A través de la historia, el aborto inducido ha sido frecuente materia de controversia por sus implicaciones éticas, morales y sociales. Ha sido prohibido o limitado en diversas sociedades y permitido en otras, aunque los abortos continúan siendo comunes incluso donde la presión social o la ley se oponen a ellos.
A través de la historia, el aborto inducido ha sido frecuente materia de controversia por sus implicaciones éticas, morales y sociales. Ha sido prohibido o limitado en diversas sociedades y permitido en otras, aunque los abortos continúan siendo comunes incluso donde la presión social o la ley se oponen a ellos.
Dentro de este grupo se incluye el aborto producido por imprudencia. Su distintiva es su carácter negativo de omisión voluntaria o imprudencia unido a la aceptación de los resultados abortivos.
Procedimientos para la inducción del aborto
El aborto puede ser inducido de muchas maneras, y la elección depende del tiempo de desarrollo del embrión o feto, de la salud de la madre, del contexto socioeconómico en el que se tome la decisión y se realice el acto, especialmente el acceso a los servicios médicos, y de los límites puestos por la legislación, entre muchos otros factores.
Aborto químico
Consiste en la interrupción del desarrollo del embrión y en su eliminación por el canal del parto, todo ello inducido por lo que suele ser una combinación de fármacos. Sólo es factible en las primeras semanas del embarazo y representa el 10% de los abortos realizados en los Estados Unidos y en Europa.
Este tipo de procedimiento suele ser el preferido cuando es posible, porque no requiere anestesia ni tampoco una intervención quirúrgica (el uso de instrumentos), siendo los mayores inconvenientes el sangrado y que la mujer puede observar el proceso y el embrión expulsado, lo que es psicológicamente doloroso para aquellas mujeres que dudan de la moralidad o de la conveniencia del acto.
El procedimiento ve reducida su efectividad después de la séptima semana de desarrollo. A pesar de su relativa sencillez, el proceso requiere una vigilancia médica continuada para asegurar el éxito, para prevenir posibles complicaciones, y también a menudo porque la evacuación es incompleta y requiere la intervención final de un médico. Los regímenes más comunes son
- Metotrexato más misoprostol. El metotrexato se administra con una inyección y afecta a las células en proliferación del embrión, provocando la interrupción de su desarrollo. Unos días después, la administración de misoprostol, un análogo semisintético de la PGE1 prostaglandina que estimula la contracción del útero, provoca la expulsión de sus restos. El procedimiento está contraindicado en distintas condiciones médicas, como por ejemplo la insuficiencia renal.
- Mifepristona con o sin misoprostol. La mifepristona (RU-486) es antagonista de la progesterona, hormona necesaria para la continuidad de la gestación, y puede administrarse hasta 49 días después de la última regla. Si, tras su uso, no se produce la expulsión del producto, ésta se estimula con misoprostol, que cumple la misma función que en el protocolo anterior. Igualmente presenta contraindicaciones diversas, por ejemplo con el uso previo continuado de terapias basadas en esteroides.
- Misoprostol solo. Raramente usado, requiere una dosificación muy precisa y una vigilancia médica especialmente intensiva por riesgo de hemorragia grave o rotura uterina, cuando se emplea en la interrupción de la gestación a partir de la semana 12 hasta la 20.
Aborto quirúrgico
Se denomina aborto quirúrgico al conjunto de técnicas quirúrgicas que tienen el fin de provocar el aborto, es decir, terminar voluntariamente el proceso gestacional.
El método quirúrgico más empleado antes de las 7 semanas de embarazo es el aborto por aspiración. Consiste en la remoción del feto o del embrión a través de succión, usando una jeringa manual o una bomba eléctrica de aspiración
En estados avanzados de la gestación, si se ha de practicar un aborto por razones terapéuticas, se usan otros procedimientos adecuados para el mayor estado de desarrollo del feto. Se puede inducir el parto prematuro usando prostaglandinas, a la vez que se inyecta suero salino o urea en el líquido amniótico, que causa quemaduras fatales en el feto. En los casos más avanzados se usan técnicas excepcionales, como la llamada "de dilatación y extracción intacta" o "aborto por nacimiento parcial", que requiere dos o tres días de preparación, para asegurar la dilatación cervical necesaria, y los fármacos que induzcan el parto. El médico manipulará al feto, para hacer salir primero sus piernas, hasta dejar adentro sólo la cabeza, si así es necesario. Por último, se vacía el encéfalo por succión después de practicar una incisión en la base del cráneo.
Después de la 16ª semana de gestación, el aborto puede ser provocado por la compresión craneal intra-uterina, que requiere la descompresión de la cabeza del feto antes de su evacuación. El aborto por histerotomia es un procedimiento parecido a la cesárea, y se practica bajo anestesia general, por ser considerado una cirugía abdominal de importancia.
Cuando el feto está en una edad gestacional avanzada, de seis a nueve meses, algunos países aplican el método de aborto por nacimiento parcial, procedimiento que ha provocado varias controversias legales.
De las 20 hasta las 23 semanas de embarazo, será necesaria una inyección para detener el corazón del feto. Por supuesto, las técnicas tardías ponen en mucho mayor riesgo la salud de la madre.
La mayor parte de las legislaciones reguladoras, tanto las permisivas como las restrictivas, distinguen entre aborto terapéutico y aborto electivo.
Aborto electivo
El realizado por otras razones. Cuando el embarazo es el resultado de un delito de naturaleza sexual (violación) o de la aplicación de una técnica de reproducción asistida no consentida por la madre.
También se incluyen, como razones: la minoría de edad de la madre, la incapacidad para cuidar a un hijo por razones económicas o sociales y el deseo de ocultar el estigma que representa en ciertos contextos sociales un embarazo fuera del matrimonio.
Aborto por indicación médico-legal
Se entiende por aborto por indicación médico-legal al acto médico o quirúrgico que consiste en la interrupción voluntaria de la gestación en los casos en que el derecho interno de cada país prevé la no imposición de una pena por tal motivo, aunque el aborto en general sea considerado un delito.
La importancia del aborto por indicación médico-legal está en que facilita que estas interrupciones se practiquen dentro del ámbito sanitario institucional, eliminando riesgos innecesarios para las mujeres.
Aborto espontáneo
El aborto espontáneo o aborto natural es la pérdida de un embrión o feto por causas no provocadas intencionalmente. Se distingue pues del aborto inducido. El término sólo se aplica estrictamente cuando dicha pérdida se produce antes de la semana 20 del embarazo, denominándose a partir de ese momento parto prematuro. El aborto espontáneo puede ser retenido, cuando no se elimina nada, incompleto, cuando no se eliminan todos los productos de la gestación, o completo cuando todo es eliminado por completo.
Causas
El aborto espontáneo se debe tanto a defectos paternos como maternos. Respecto a los primeros, es digno de señalar que del 40% al 50% de los abortos espontáneos de origen materno son atribuidos a la sífilis, muchas veces desconocida, ignorada, o negada a sabiendas. El restante 50% se debe a alcoholismo habitual y crónico, agotamiento físico o intelectual, vejez entre otras.
La causa de orden materno son variadas. Las malformaciones de cada uno de los órganos del aparato genital femenino; los pólipos, fibromas, cánceres, las endometritis, entre otras. También algunas enfermedades como diabetes, hipertensión, o enfermedades producidas por infecciones bacterianas o virales son causantes de aborto espontánea.
Como causas conjuntas, paternas y maternas, y que actúan a la vez, podemos citar los matrimonios muy jóvenes, los tardíos, la vejes prematura o la decrepitud de uno de los cónyuges, la miseria, el hambre, la privaciones, el terror, la desesperación, el alcoholismo común, la sífilis o la tuberculosis, también padecidas conjuntamente. Todas estas causas pueden actuar en el momento propulsor de la fecundación.
La causa más frecuente es la muerte fetal por anomalías congénitas del feto, frecuentemente genéticas, en especial las trisomías autosómicas (no sexuales).
Frecuencia
La tasa natural de fracaso de las gestaciones es muy elevada, aunque la mayor parte ocurre en las primeras semanas y en la mayor parte de los casos la madre no llega a enterarse. Se estima que uno de cada cinco embarazos detectados terminan por aborto espontáneo en las primeras semanas. La cifra aumenta a más del 30% en estudios de mujeres embarazadas cuyos niveles de la hormona gonadotropina coriónica humana ha descendido después de haber confirmado el embarazo.
Cuando una mujer aborta espontáneamente en tres o más ocasiones de forma consecutiva, se llama aborto de repetición. Las causas pueden ser genéticas en un 50% de los casos, el síndrome antifosfolípido en el 15% y otros motivos como alteraciones uterinas y trombofilias.
Entre los factores de riesgo comprobados están la edad elevada, las enfermedades sistémicas y la ocurrencia previa repetida de abortos espontáneos.
viernes, 17 de septiembre de 2010
Definición
¿Sabemos lo que es un aborto?
Mi verdadera pregunta es ¿estamos concientes de lo que esto verdaderamente significa?
Muchas mujeres creemos saber la respuesta y que estamos seguras de cual sería nuestra decisión al encontrarnos en una situación donde el aborto se nos presentara como una 'opción'.
Hay que considerar que existen muchas variables entre las personas al momento de tener que decidir tener o no un hijo, pero realmente, al igual que estas, existen muchas opciones.
Mujeres ¡es tiempo de informarse!
Mi verdadera pregunta es ¿estamos concientes de lo que esto verdaderamente significa?
Muchas mujeres creemos saber la respuesta y que estamos seguras de cual sería nuestra decisión al encontrarnos en una situación donde el aborto se nos presentara como una 'opción'.
Hay que considerar que existen muchas variables entre las personas al momento de tener que decidir tener o no un hijo, pero realmente, al igual que estas, existen muchas opciones.
Mujeres ¡es tiempo de informarse!
Hola!
Mi nombre es Dania Félix y soy estudiante en la Universidad de Sonora, Lic. en Cs. de la Comunicación.
La temática de nuestro Blog principal es el Aborto, y es unicamente con fines informativos.
En cuanto a opinión personal, mi posición frente a este tema es TOTALMENTE en contra del aborto ¿mis razones? debido a mis creencias religiosas, los valores inculcados en mi familia y mi percepción sobre lo que significa ética, moral y responsabilidad.
La temática de nuestro Blog principal es el Aborto, y es unicamente con fines informativos.
En cuanto a opinión personal, mi posición frente a este tema es TOTALMENTE en contra del aborto ¿mis razones? debido a mis creencias religiosas, los valores inculcados en mi familia y mi percepción sobre lo que significa ética, moral y responsabilidad.
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